Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación ejercido en fecha 10 de junio de 2014, por la parte demandante; contra la sentencia interlocutoria de fecha 03 de junio de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante la cual negó la medida cautelar solicitada en la demanda de partición de herencia interpuesta por el ciudadano JORGE LUÍS DÍAZ MÉNDEZ, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos NORA MILAGRO DÍAZ MÉNDEZ, LUÍS IGNACIO DÍAZ MÉNDEZ, ALICIA ELIZABETH DÍAZ MÉNDEZ, HERNÁN JOSÉ DÍAZ MÉNDEZ, CARLOS SEBASTIÁN DÍAZ MÉNDEZ, ATALA ENRIQUETA DÍAZ MÉNDEZ, RITA ELISA DÍAZ MÉ.....