En conexión con lo expuesto este tribunal debe ratificar lo decidido en la audiencia definitiva y declarar con lugar la presente acción, ordenándole al municipio reincorpore a la recurrente a un cargo de igual o superior jerarquía, cancelándole a titulo de indemnización los salarios caídos con excepción del bono vacacional y prestaciones que como el cesta tickets, requieren de la prestación personal del servicio, indemnización que tomara como base el ultimo salario devengado por la recurrente aumentándolo en la misma forma, que por razón del tiempo ha aumentado el cargo desempeñado y en el supuesto de no existir este se ordena que sea reincorporada en el cargo que tenga las funciones que tenia la recurrente para el momento de su ilegal retiro, para todo lo cual se ordena la expertita complementaria del fallo, según lo pautado por el articulo 249 del Código de Procedimiento Civil para que tomando como parámetros todos los hechos contenidos en el expediente así como los anteriores establ.....