Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el "recurso contencioso de anulación", interpuesto por la ciudadana ANDREINA BETANCOURT, asistida por el ciudadano Alexis Silvio Pérez, ambos identificados supra; contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 21-2001, de fecha "15 de octubre de 2001", dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la referida ciudadana contra la Compañía Anónima Electricidad de Occidente (ELEOCCIDENTE).
SEGUNDO: Se mantiene firme y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 21-2001, de fecha "15 de octubre de 2001", dictada por la Inspectoría de.....