Ello así, tomando como fundamento los criterios señalados supra, al constatar a través del Sistema Juris 2000, que en el asunto principal KP02-V-2011-002106, se dictó sentencia definitiva en fecha 07 de mayo de 2013, correspondiéndole el recurso de apelación ejercido contra la misma, la nomenclatura KP02-R-2013-000480 -asunto del cual se realizó el requerimiento de acumulación-, y siendo que para la fecha no han sido decididas las apelaciones interlocutorias efectuadas -asuntos KP02-R-2012-000641 y KP02-R-2012-001419-, le resulta forzoso a esta Sentenciadora, acordar lo solicitado por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, pues es ese Órgano Jurisdiccional a quien le correspondió conocer el recurso ejercido contra la sentencia definitiva dictada. Así se decide.
En consecuencia, se ordena darle salida de manera inmediata al presente asunto, bajo oficio a los fines de su acumulación.
Publíquese, regístrese y déjese co.....