Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para entrar a conocer y decidir en primera instancia la demanda de nulidad interpuesta por la abogada Esmeralda Josefina González, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil COMERCIAL CREE, representada por la ciudadana Cuiling Zou, todas plenamente identificadas; contra la Providencia Administrativa Nº 378/2010, de fecha 06 de diciembre de 2010, suscrita por el Presidente del INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA), mediante la cual le imponen multa y accesoriamente, suspensión para obtener cualquier autorización, acto administrativo éste ratificado por el ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS, al operar el silencio administrativo .....