V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la recusación planteada por el abogado Greddy Eduardo Rosas Castillos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 119.372, en su condición de apoderado judicial del tercero opositor sociedad mercantil N.Y.R.A. SPORT BOOKS RACING AND BAR C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, Bajo el N° 29, Tomo 74-A, de fecha 02 de septiembre de 2013, contra la abogada Diocelis Pérez Barreto, en su carácter de Juez Provisoria del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la recusación planteada.
TERCERO: Se impo.....