Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS ALEJANDRO ESPINOZA FARIAS, asistido por el abogado Luis Méndez Vergara, ya identificados, contra el MUNICIPIO VALERA DEL ESTADO TRUJILLO, por la presunta infracción de los artículos 75 y 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se ADMITE el presente amparo constitucional. En consecuencia, se ordena:
-. NOTIFICAR a los ciudadanos Alcalde y Síndico Procurador del Municipio Valera del Estado Trujillo, presunto agraviante, y al Fiscal Duodécimo Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de la existencia de este proceso, para que concurran a este Tri.....