V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano PABLO JOSE VILLEGAS ARRAEZ, titular de la cedula de identidad N° 16.750.325, asistido por el abogado Asdrúbal Agustín Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 161.467, contra la DIRECCION GENERAL DEL CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO LARA..
SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, por haber operado la caducidad.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme.....