V
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación, interpuesto por el abogado Gretty Álvarez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 234.283, asistiendo en este acto al ciudadano Yeker Dougas Mesa Arboleda, parte demandada, contra el auto dictado en fecha veintinueve (29) de junio de 2017, por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada.