IV
DECISION
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano DELFIN AMARO, titular de la cedula de identidad N° 4.730.549, atribuyéndose el presunto carácter de Presidente del Sindicato Nacional Fuerza Unitaria Magisterial en el Estado Lara (SINAFUMLARA), y en representación sindical de las ciudadanas MARIBEL CASTILLO, LUZ ELENA CARRASCO, MERYLEN PALMA, YASMELI GONZALEZ, ZULY CHIRINOS; titulares de las cedulas de identidad números 9.626.292, 16.001.331, 9.545.276, 14.878.901, 7.391.818, en su orden, contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO LARA, por la presunta vulneración de lo establecido en el artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana.....