Se declara CON LUGAR, el amparo propuesto por LUIS JOSÉ LEAL, venezolano, mayor de edad, jurídicamente capaz, domiciliado en la ciudad de Carora, Parroquia Trinidad Samuel del Municipio Torres del Estado Lara, en el Sector El Yabal, Calle San Juan, N° 3ª-40; el tercero, Sector Barrio Nuevo, Calle El Rosario, N° 10-165 y, titular de la Cédula de Identidad N° 10.768.090, contra la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSORA RIO SELE, C.A., y como mandamiento de amparo, ordena que en forma inmediata, sea reincorporado a sus funciones, con el pago de salarios caídos, al recurrente LUIS JOSÉ LEAL en su lugar de trabajo en la empresa SOCIEDAD MERCANTIL INVERSORA RIO SELE C.A., en los términos establecidos por la providencia administrativa N° 1548 de fecha 01/03/2003 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara.