En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la medida cautelar innominada solicitada por la ciudadana CHEILYSMAR RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.649.866, de este domicilio, asistida por el abogado JESUS ARMANDO GIL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 104.134, domiciliado procesalmente en la carrera 18 entre calles 23 y 24, Torre Cavendes, Piso 3, Oficina 3-4, Barquisimeto, Estado Lara, en el juicio incoado por dicha ciudadana por recurso de Amparo Constitucional contra el COLEGIO UNIVERSITARIO FERMIN TORO.