III
DECISIÓN
En razón de lo anterior, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada en la presente causa, por el abogado Lenin Colmenarez Leal, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.464,, en su condición de apoderado judicial de INVERSIONES PLAZA LOS LEONES C.A, parte demandante; y por la otra, la abogada Alicia Figueroa, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 24.072, apoderada judicial de la parte demandada, sociedad mercantil PWETER C.A., parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se le otorga el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese co.....