Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
- IMPROCEDENTE la medida cautelar de amparo constitucional, solicitada en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana BRIGGITTE ELIZABETH MARÍN VILORIA, asistida por los abogados Antonio Ortíz Landaeta y Elianny Romano Cuicas, todos plenamente identificados; contra el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD INTEGRAL (INSAI).
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a la parte querellante conforme lo prevé el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barqui.....