VI
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el "Recurso de Nulidad", interpuesto por el ciudadano ARGENIS RAMÓN BRICEÑO VILORIA, titular de la cédula de identidad Nº 12.040.185, asistido por el ciudadano Javier Enrique González Ruiz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.535, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.
SEGUNDO: SIN LUGAR, el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.
TERCERO: Se mantiene firme y con todos los efectos jurídicos el acto administrativo Nº 138, de fecha 28 de abril de 2008, dictado por el ciudadano Ramón Rodríguez Chacín, Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y J.....