VI
DECISIÓN
Por las razones precedentes mencionadas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA, para conocer y decidir el recurso de hecho interpuesto por el abogado Douglas Escalona, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 48.130, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana JANNE JOSEFINA PANICO GONZALEZ, contra del auto de fecha quince (15) de diciembre de 2017, dictado por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto.
TERCERO: Se REVOCA el auto dictado en fecha quince (15) de diciembre de 2017, dictado por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Jud.....