III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para entrar a conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de los efectos, por los abogados MAYBEL RIVERO VALDERRAMA y JORGE LUIS PEÑA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 37.807 y 126.127, respectivamente, apoderados judiciales de la sociedad mercantil "INVERSIONES ENZI TEXTIL C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, bajo el N° 44, Tomo 6-A, en fecha 05 de febrero de 2007, a través de sus apoderados judiciales, contentivo de demanda Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa No. 00698, de fecha 07 de septiembre de 2007, dictado po.....