En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: Primero: NIEGA LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS de la Resolución Nº 0001-2006, de fecha 27 de abril de 2006, notificada el 02 de mayo de 2006, dictada por el Alcalde del Municipio Carirubana, del Estado Falcón, solicitada por el apoderado de la firma mercantil PROPILENO DE FALCÓN PROFALCA, C.A., ya identificada, en la oportunidad de la interposición del recurso contencioso tributario, por no llenar los extremos exigidos en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario en concordancia con el criterio establecido en la sentencia de la Sala Político Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia . SEGUNDO: Se ordena constituir Fianza a favor de la Alcaldía del Municipio Carirubana del Estado Falcón, por un monto total de SEIS MILLARDOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUE.....