Se admiten las pruebas promovidas por el abogado Greddy Eduardo Rosas Castillo, titular de la cédula de identidad Nº 12.241.431, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 119.372, actuando en su carácter de apoderado del ciudadano Víctor Arispe, titular de la cédula de identidad Nº 7.407.597, consistentes en el Principio de la Comunidad de la Prueba, inspección judicial y de informe.