DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana MIYAMILA MOLINA SÁNCHEZ, abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.457, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil "SOTERPAL, C.A.", identificada suficientemente, en contra de la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION CENTRO OCCIDENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en virtud de la supuesta violación de derechos constitucionales relativos a la libertad económica, propiedad y no confiscatoriedad, previstos en los artículos 112, 115 y 116 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.