Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el acto, en los términos expuestos y lo homologa en todas y cada una de sus partes. Téngase el mismo como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se deja sin efecto la medida ejecutiva de embargo decretada en fecha veinte (20) de julio de 2004 y se ordena oficiar a la Entidad Bancaria Banco Industrial de Venezuela, a fin de que sea cancelada la cuenta de ahorro N° 00030070530100677023, librando cheque de gerencia por la cantidad total de la cuenta más los intereses devengados hasta la fecha a nombre de la Alcaldía del Municipio Palavecino. Asimismo, una vez librado el referido cheque por la entidad bancaria, se ordena su entrega por este Tribunal a la Apoderada Judicial del Municipio Palavecino, a los fines de dar cumplimiento al pago de todas y cada una de las cantidades demandad.....