Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) Sin lugar la demanda por juicio ejecutivo interpuesto por los abogados Estrella Ranuare y Melchor Ordaz, titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.360.024 y V-4.051.870 e Inpreabogado Nº 23.692 y 21.546 todo respectivamente, en su carácter de representantes legales de la República Bolivariana de Venezuela, adscritos a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del SENIAT en contra de la firma mercantil Panadería y Pastelería El Viejo Molino C.A.. 2) Con lugar la oposición a la admisión del presente juicio ejecutivo planteada por la ciudadana Souad Rosa Sakr Saer, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.137, en su condición de defensor ad litem de la demandada antes identificada