En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: Improcedente la solicitud de PERENCIÓN, realizada por el abogado Andrés Valiño, titular de la cédula de identidad N° 9.556.273, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.360, actuando en representación de la República por sustitución de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, NO EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa.