Este Tribunal para decidir observa:
De la copia certificada de la partida de nacimiento del Adolescente, como también de la copia fotostática de la cédula de identidad de la madre, se evidencia que efectivamente se cometió el error de asentar su primer apellido como: Freite, siendo lo correcto: Freitez, y por cuanto el Fiscal VIII del Ministerio Público, no objetó nada contra esta solicitud, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: con lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por la ciudadana Sorely Maria Freitez de Urquiola, en representación de su hijo el Adolescente Frank José. En consecuencia se ordena asentar su primer apellido como: Freitez, dejando sin efecto: Freite. Dicha partida de nacimiento se encuentra inserta en unos de los libros del Registro Civil .....