este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos JOSÉ NARCISO TORREALBA y NELSY YAJAIRA PARRA, por ante el Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, del municipio Iribarren, Estado Lara, en fecha de 22 de Noviembre de 1.984, bajo acta N° 1011, folio 345 del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1.984.