DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: visto el desarrollo de la audiencia acuerda Revisar la sanción de Privación de Libertad al adolescente RESERVADO y la SUSTITUYE por sanciones no privativas, imponiendo como medida sancionatoria, SERVICIO COMUNITARIO POR 6 MESES, en la Iglesia Unidad Cristo Vive, ubicada en el Barrio El Carmen, Sector 1, Barquisimeto, a cargo del Pastor Francisco Solano, debiendo informar periódicamente a este tribunal y REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE 11 MESES Y 25 DÍAS, consistentes en: 1.- Residir en un lugar determinado, de mudarse de la dirección aportada al Tribunal deben participarlo. 2.- Prohibición de visitar la ciudad de Carora, a excepción de las citaciones del Tribunal. 3.- Prohibición de portar armas de fuego o armas blancas. 4.- Prohibición de ingerir bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes. 5.- Estudiar, trabajar o realizar algún curso de.....