DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente RESERVADO, plenamente identificado en actas a cumplir con la sanción de SERVICIO A LA COMUNIDAD POR EL LAPSO DE SEIS ( 06) MESES y LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, de conformidad con el artículo 620 literal C y D ,artículos 625 y 626 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD , previsto y sancionado en el Artículos 218 del Código Penal, el lugar para el cumplimiento de la sanción de SERVICIO COMUNITARIO se determinara en audiencia de imposición de sentencia. En relación a la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, la misma será cumplida en el departamento de trabajo social del Equipo Multidisciplinario de esta sección, bajo la supervisión, control y vigilancia de la lic. ROSA MARQUEZ en su condición de Tr.....