DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 628 parágrafo segundo literal c de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Decreta la medida de Privación de Libertad por el lapso de Seis (06) meses contra el Adolescente RESERVADO ya identificado.
El Juez de Ejecución (Titular)
Abogado JORGE DIAZ MENDOZA Secretaria