DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se decreta la cesación definitiva de la medida de privación de libertad a favor del joven RESERVADO , en virtud de la extinción de la responsabilidad penal por cumplimiento, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal; Líbrese boleta de Libertad. Ofíciese al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental de Uribana de la presente decisión. Notifíquese a las partes.
Regístrese y publíquese.
La Juez de ejecución,
Abg. FLORANGEL MONASTERIOS. La Secretaria de Sala,
Abg. ARLETTE PARADAS.