DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declina la competencia al Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo , para que conozca de la Fase de Ejecución del Proceso que se le sigue al adolescente : RESERVADO identificado up supra, por la comisión del delito Ocultamiento de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 Código Penal. Se ordena el envío de las actuaciones al Tribunal competente. Regístrese, notifíquese a las partes y Publíquese.
La Juez de Ejecución,
Abog. FLORANGEL MONASTERIOS
La Secretaria,
Abg. ARLETTE PARADAS.
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