ESTE TRIBUNAL CONSTITUIDO EN FORMA MIXTA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: " Declara la Responsabilidad Penal del joven (RESERVADO), titular de la cédula de identidad Nº V- (RESERVADO), nacido el (RESERVADO), en (RESERVADO), del Estado Lara, de 18 años de edad, estudiante del (RESERVADO), domiciliado en el (RESERVADO), hijo de la ciudadana (RESERVADO), ampliamente identificada en autos por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE , previsto en los artículos 260 en relación con el Artículo 259 primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y sancionado en la misma Ley Especial en perjuicio de la joven adolescente MERLIN MARILIN LOPEZ CHIRINOS, ampliamente identificada en autos, imponiéndole las siguientes sanciones SEMI LIBERTAD , prevista en los Artículos 620 literal "e", 621 , 622 y 627 de la Ley Especial, la cual deberá cumplir en el Centro Socio Educativo Dr. Pablo Herrera C.....