ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Decreta a solicitud Fiscal el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguidas a las Adolescentes :RESERVADO, Venezolana, titular de la Cedula de identidad Nº V-XX, de 14 años de edad para el momento de la ocurrencia de los hechos, mayor de edad en la actualidad, fecha de nacimiento XX, estudiante y residenciada en la XXCarora Municipio Torres del estado Lara y RESERVADO Venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- XX, de 14 años de edad para el momento de la ocurrencia de los hechos y 17 años en la actualidad, fecha de nacimiento XX, estudiante y residenciada en sector XX, Casa sin Numero, Carora municipio Torres del Estado Lara; por la presunta comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto en el Artículo 416 del Código Penal y sancionado en de la LOPNNA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 615 de la LOPNNA concatenado con el Artículo 318, numeral.....