DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL EN FUNCIÓN DE CONTROL Nº 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Como punto previo este Tribunal deja constancia que se efectúo llamada telefónica al Tribunal Primero de Ejecución del Estado Zulia con la Secretaria del Despacho Abg. Maria Añez al telf. 0261-7250084l donde nos quien informo que no tienen sistema Juris sin embargo de la revisión de los libros se desprende que en fecha 02-08-2010 se ordeno al remisión del expediente al Archivo Judicial SEGUNDO: Se acuerda la Declinatoria de Competencia conforme a lo previsto en el artículo 77 y 61 del COPP y ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal Primero de Adolescente del Estado Zulia, y se acuerda y otorga desde esta sala de audiencias la libertad al joven. Líbrese Boleta de libertad al joven RESERVADO titular de la cédula de identidad N°XX cuanto la orden de captura librada mediante oficio 2613-07 de fecha 18/07.....