DECISION DEL TRIBUNAL
ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada, así como las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, con la modificación de la sanción hecha en este acto por el Ministerio Público, igualmente admite la comunidad de las pruebas alegada por la defensa publica. SEGUNDO: Se declara sin lugar, la solicitud hecha por la Defensa Publica, relacionada con la nulidad del acta de investigación penal de fecha 16-09-2014, por cuanto no consta en autos que haya sido el adolescente obligado de alguna manera a rendir esa confesión. TERCERO: Se declara sin lugar, la solicitud hecha por la Defensa Pública sobre la no consignación de las experticias señaladas en su exposición por cuanto de la revisión exhaustiva al expediente, se observa que constan en autos, siendo consignadas en fecha 17-09-2014. CUARTO: Se ratifica la medida cautelar de presen.....