DISPOSITIVA
Este Tribunal de Control Nº 02 EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Visto los alegatos presentados por el Ministerio Público y observancia de la legislación vigente acuerda PRIMERO: Acuerda con lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL , en base al artículo 561 literal "e" de la LOPNNA, a favor del adolescente RESERVADO, cédula de identidad Nº XX, de, nacido el 02-11-91, Hijo de XX y XX, residenciado en Carora, estado Lara. Se SEGUNDO: Se ordena las notificaciones a las partes.-
Publíquese y Cúmplase.
En Carora en la Sala de Audiencia del Tribunal en funciones de Control Nº 02 a los 17 días del mes de febrero del 2011.-
EL JUEZ DE CONTROL Nº 02
GERARDO PEREZ GONZALEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARILU PATIÑO DE LA MAR