DECISION DEL TRIBUNAL
ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 2, DE LA SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE, PRIMERO: Declara la RESPONSABILIDAD PENAL de la adolescente RESERVADO . C.I Nº V- XX, por los hechos ocurridos presuntamente el día 16-06-2012, por la comisión de los delitos de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, INSTIGACION A DELINQUIR Y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD; previsto el primero, en el artículo 7 de la ley sobre el Hurto y Robo de vehículo Automotor y artículos 283 y 174, primer aparte del Código Penal y sancionados en la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se le Impone la sanción de REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en el Art. 624 de la L.O.P.N.N.A, por el lapso de UN (1) AÑO. Entre las condiciones de las reglas de conducta, las misma.....