declara con lugar la flagrancia por el delito DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Reforma Parcial del Código Penal y acuerda se siga por el procedimiento abreviado tal cual como lo solicito la representación fiscal conforme a lo previsto en el Art. 373 ejusdem. SEGUNDO: Se le otorga la medida cautelar sustitutiva solicitada por la representación fiscal tomando en consideración la entidad del delito imputado medida esta menos gravosa y de fácil cumplimiento todo conforme al articulo 256 numeral 3º es decir presentación mensual por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Tribunal. TERCERO: Ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal Unipersonal a los fines de que tenga el respectivo juicio oral y publico en contra del ciudadano DOMINGO ANTONIO CHIRINOS, previamente identificado en esta acta por el delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO (Precalificación Fiscal), previsto y sancionado en el artículo 5 de la Reforma Parcial del Código .....