DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud presentada por la Defensa del imputado ANGEL AMÉRICO ROMERO PEÑA, titular de la Cedula de Identidad V- 12.299.009. Fecha de Nacimiento: Edad: 22-09-1971 38 años; Lugar de Nacimiento: Caja Seca estado Zulia. Hijo: Américo Romero y Yolanda del carmen Peña; Profesión u Oficio: Chofer; Grado de Instrucción: 6º; Grado. Residenciado en: Sector Las casitas vereda 4 casa Nº 01. La Vega. Caracas. Teléfono: 0414- 274 58 31, en la presente causa seguida por la presunta comisión del delito de de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y en consecuencia se establece el lapso de de.....