Se acuerda a favor del acusado CESAR ALEXANDER PINTO CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.725.572, natural de San Felipe Estado Yaracuy, fecha de nacimiento 23-07-1973, edad 39 años, Grado de Instrucción: 1º año, de profesión u oficio: obrero, Hijo de Dilcia Crespo y Julio Cesar Pinto Gallardo, domiciliado en San Joaquín, sector Alí Primera, calle Urdaneta, sector Boquita, San Joaquín Estado Carabobo. Teléfono: 0416-7447430. No presenta ninguna causa luego de verificar el sistema Juris 2000, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 453 en relación con el artículo 80 del Código Penal, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de UN (01) AÑO, contado a partir de la primera presentación ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario con sede en este estado, conforme a los artículos 42, 43 del Código Orgánico Procesal Penal y se le imponen las co.....