SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de acuerdo a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; sólo a los efectos de legitimar su detención, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1º del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la presente causa seguida al imputado OSCAR NOGUERA SANCHEZ, Venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº 3941764, nacido en Guarague, Estado Mérida, nacido en fecha 01-11-1951, de 59 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio: Chofer, hijo de Concepción Sánchez de Noguera (+) y de Eulacios Noguera Vera (+); residenciado en la Urbanización La Vega, calle 5, casa Nº 5, sector el añil, detrás del Estadio Julio Santana de León, Tovar, Estado Mérida. Teléfono: 0275-8733321; 0426-9586506, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 primer aparte del Código Penal Vigente, declarándose sin lugar la solicitud de la.....