DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, Declara: PRIMERO: Con Lugar la solicitud fiscal de declaratoria de Aprehensión en flagrancia del imputado ciudadano MARIO JESÚS MELÉNDEZ OCANTO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.769.746, nacido en fecha 09-04-1985, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Educador, residenciado en la Calle Chiquinquirá entre Camacaro y Zubillaga, Barrio La Guzmana, Casa Nº 12-79, de esta ciudad, hijo de Jovanny Meléndez y Sulmira de Meléndez; de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Con Lugar la solicitud fiscal respecto del Procedimiento a seguir en la presente causa, y en consecuencia se decreta el Abreviado, previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Sin lugar la solicitud fiscal en rela.....