Se acuerda a favor del acusado OMAR RICARDO CARRASQUILLA REALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.196.208, nacionalizado como venezolano, nació en Cartagena en la Republica de Colombia el 7-02-1951, edad 61 años, estado civil: soltero, Grado de Instrucción 3er año de BACHILLERATO, de profesión u oficio: Fotógrafo profesional; domiciliado en las Instalaciones del Fuerte Manaure, donde labora actualmente, Carora, Estado Lara. Teléfono 0426 8554327 (hijo Antonio Carrasquilla 0416 257 1864 e hija Luzmary Carrasquilla 0416 052 3881) el cual solicita sea notificado primeramente por vía telefónica, por cuestiones laborales siempre esta fuera de su lugar actual de residencia), por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de UN (01) AÑO, contado a partir de la primer.....