Se acuerda a favor del acusado Freddy Antonio Herrera Fernandez, por la comisión del delito de Violencia Fisica, previstos y sancionados en los artículos 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida Libre de Violencia, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de OCHO (08) MESES y se le imponen las condiciones previstas en el Código Orgánico Procesal Penal, siendo estas se le impone las condiciones siguientes: 1.- Residir en un lugar determinado; 2- Permanecer en un Trabajo estable. 3.- Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas y Prohibición de consumir bebidas alcohólicas; 4.- No verse involucrado en otro hecho delictivo; 5.-Realizar 2 trabajo comunitario por mes por el lapso de 08 (ocho) meses, en el CONSEJO COMUNAL del SECTOR DONDE RESIDE que no obstruya su jornada laboral, pudiendo ser fines de semanas; y se les solicita informe de cumplimiento mensual.
Se mantiene las Medidas de Protección contempladas en.....