Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en FUNCIONES DE CONTROL Nº 12 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: En atención a ello este Tribunal reconsidera la Suspensión Condicional del Proceso otorgado en su oportunidad, instando al probacionario que de cumplimiento a las condiciones impuestas por el lapso de 10 meses, tal como fue señalado por el Tribunal en dicha oportunidad, por ante la UTASP de Maracaibo, Estado Zulia.
Líbrense los Oficios correspondientes. REGISTRESE Y CUMPLASE.
LA JUEZA DE CONTROL Nº 12,
ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
EL SECRETARIO