Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA:
PRIMERO: CONDENA al acusado JAIDER ALEXANDER VIDAL MORALES, identificado en actas, antes identificada, por el delito de INDUCCIÓN AGRAVADA A LA CORRUPCIÓN PROPIA, Previsto y Sancionado en el artículo 63 en concordancia con el articulo 62 Numeral 2 de la Ley de Contra la Corrupción, TRAFICO ILEGAL DE PERSONAS, Previsto y Sancionado en el artículo 56 de la Ley de Extrajera y Migración (Gaceta oficial N º 37944 del 24/05/2004) y el delito de FALSA ATESTACIÓN, Previsto y Sancionado en el artículo 320 del Código Penal Venezolano, a la pena de 4 AÑOS Y 6 MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley de conformidad con lo establecido en los artículos 371 y 16 del Código Penal, librándose el respectivo acto de comunicación al Departamento de Al.....