Declara con lugar dicha aprehensión flagrancia, ordena que el presente procedimiento se continué en forma abreviada, le impone a este una medida sustitutiva de privación de libertad establecida en el Art. 256 ordinal tercero del COPP al imputado a cumplir las presentaciones mensuales y Remítase en el lapso de ley las presentes actuaciones a la U.R.D.D. a los fines de su distribución al correspondiente Juez Unipersonal par la realización del Juicio Oral y Público en contra del Imputado LEDEZMA PIÑERO MIGUEL ALEJANDRO