DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Declara CON LUGAR la Aprehensión en Flagrancia de los Ciudadanos QUIEN DICE LLAMARSE LUIS GERARDO SANTANA, Cedula de identidad Nº V- 9.846.008 y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 42 SEGUNDO APARTE DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 174 DEL CODIGO PENAL, por estar dado los extremos establecidos en el articulo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 42 SEGUNDO APARTE DE LA LEY.....