DISPOSITIVA
Por las consideraciones que preceden, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, Declara: PRIMERO: Con Lugar la solicitud de la defensa pública y en consecuencia se acuerda el cambio Medida Judicial Sustitutiva de Detención Domiciliaria a la de el imputado JOSE LUIS OCHOA , titular de la cédula de identidad Nº 7423.322; por presentarse periódicamente cada 08 días por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese a la Unidad de Alguacilazgo. SEGUNDO: Líbrese boletas de notificación a las partes. Dada firmada y sellada en la sala del despacho de este tribunal en la ciudad de Carora a los 21 de Febrero de 2013.
El Juez de Control Nº 11
La Secretaria
EDGARDO RAMON SANCHEZ CLARA