DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 11 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano JOEL DE DIOS MENDOZA CARRASCO, titular de la cédula de identidad Nº V-24.160.748, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el articulo 6 numerales 1 y 2 de la Ley Sobre Hurto y robo de Vehiculo Automotor. Se ordenó la continuación del presente asunto por la vía del procedimiento Ordinario. Se ordena como centro de reclusión el CENTRO PENITENCIARIO DE LA REGION CENTRO OCCIDENTAL SARGENTO DAVID VILORIA. Notifíquese a las partes. Regístrese y Cúmplase
LA JUEZA ONCE DE CONTROL
ABG. MARILUZ CASTEJÓN PEROZO.
LA SECRETARIA