DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA conforme a lo establecido en el artículo 234 del COPP en concordancia con lo establecido en el artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela DE LOS CIUDADANOS 1.- QUIEN DICEN LLAMARSE LEONARDO JESUS VERDE, cedula numero V-18.952.626 Y 2.- QUIEN DICE LLAMARSE CARLOS LUIS QUERALES BRACAMONTE, cedula numero V-27.298.523; SEGUNDO: Se acuerda seguir la presente causa por la vía del procedimiento ORDINARIO. TERCERO: Se acoge la precalificación fiscal por el delito de: POSESION ILICITA DE ARMA 111 DE LA LEY PARA EL DESARME. TRAFICO ILICIT.....